Por el cual se convoca el Congreso Nacional a sesiones extraordinarias
El Presidente de la República de Colombia,
CONSIDERANDO:
Que la mayor parte de las Asambleas Departamentales en sus sesiones del presente año han solicitado ahincadamente del Gobierno la convocación inmediata del Congreso Nacional para proveer lo que fuere conveniente respecto de los problemas económicos que viene a plantear la vigencia de la ley sobre lucha antialcohólica; y Que el Gobierno considera de evidente urgencia el estudio y solución de las dificultades que anotan aquellas entidades departamentales, lo cual sólo puede hacerse por el Cuerpo Legislativo, y antes de que llegue el 1.° de junio, fecha en la cual debe estar resuelto el asunto,
DECRETA:
Artículo único. Convócase el Congreso Nacional a sesiones extraordinarias para el dos de mayo próximo, y por el resto de dicho mes, para el estudio de la cuestión fiscal de que se ha hecho referencia y de los demás asuntos que oportunamente le someterá el Gobierno por conducto de los respectivos Ministros del Despacho.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de abril de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Gobierno,
Enrique J. ARRAZOLA
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