Por el cual se distribuye la partida apropiada en el Presupuesto Nacional vigente, para sueldos del personal del Instituto de Antropología Social
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Para sueldos del personal del Instituto de Antropología Social, distribuyó se así la partida propia en el capítulo 89, artículo 1105 del presupuesto nacional vigente:
| Mensual | Total | |
|---|---|---|
| Para sueldos en 12 meses: enero a diciembre: | ||
| Coordinador | $ 550.00 | 6.600.00 |
| Investigador Primero | 500.00 | 6.000.00 |
| Investigador Auxiliar Segundo | 485.00 | 5.820.00 |
| Investigador Auxiliar Tercero | 350.00 | 4.200.00 |
| Investigador Auxilia | 310.00 | 3.720.00 |
| Totales | $ 2.195.00 | 26.340.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de marzo de 1952.
ROBERTO URDANETA ARBELÁEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo - El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera.
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