Por el cual se hacen unas aclaraciones al Decreto número 404 de 27 de febrero de 1963

Rango Decreto
Publicación 1963-04-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

que el artículo 26 del Decreto número 3505 de 1962, autoriza al Gobierno Nacional para hacer por decreto las aclaraciones necesarias para la correcta ejecución del Presupuesto para la vigencia fiscal de 1963.

DECRETA:

Artículo 1° Aclárase el artículo 29909-A del presupuesto de inversión del Ministerio de Fomento, en el sentido de que el aporte a las Corporaciones Autónomas Regionales no es de $ 8.500.000 con recursos ordinarios de la Ley 83 de 1962, sino de $ 6.500.000. y $ 2.000.000 con Recursos del Crédito A. I. D. correspondiente al proyecto 1° "Para administración, estudios y proyectos de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Magdalena y el Sinú".
Artículo 2° Aclárase el artículo 31010-N del presupuesto de inversiones del Ministerio de Educación Nacional en el sentido de que la construcción de escuelas en Buenaventura por $ 2.000.000 no es con Recursos del Crédito A. I. D., si no con recurso ordinarios de la Ley 83 de 1962.
Artículo 3° Aclárase el artículo 28008-A del presupuesto de inversión del Ministerio de Salud Pública en el sentido de que no se trata del artículo 28008-A. sino 28008-R.
Artículo 4° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 27 de marzo de 1963.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Ccrédito Público, Carlos Sanz de Santamaría

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