Que distribuye la suma votada en el Departamento de Justicia, Capítulo 19, artículo 210, $ 1.o del presupuesto nacional, para la instrucción pública de la Intendencia de San Martín
El Intendente nacional de San Martín
En uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
- 1. ° La cantidad votada en el Presupuesto nacional pura sueldos da los Maestros;
- 2. ° Las escuelas quo se han abierto; y
- 3. ° Que no habiéndose aprobado la primera distribución quo so hizo en Decreto número 32, de 14 de Febrero del corriente año, por excederse en la suma de $ 320,
DECRETA:
Artículo único. Devengarán los Directores de Escuela de la Intendencia, en el periodo comprendido del 1. ° de Enero de 1899 al 31 de Diciembre de 1900, los siguientes sueldos mensuales :
| Cada uno de los de Villavicencio, á $80 | 1,920 | 13,840 |
|---|---|---|
| Cada uno de los de San Martin, á $70 | 1,680 | 3,360 |
| Cada uno de los de Medina, á $70 | 1,680 | 3,360 |
| Cada uno de los de Uribe, á $60 | 1,440 | 2,880 |
| El Director de la Escuela de Buenavista, á $50 | 600 | 1,200 |
| La Directora de la Escuela de Servitá, á $50 | 600 | 1,200 |
| Suma | $7,920 | 15,840 |
| Saldo á favor del Tesoro | $ 80 | 160 |
| Total | $8,000 | 16,000 |
Sométase á la censura del señor Ministro de Gobierno.
Comuníquese.
Dado en Villavicencio, á 10 de Mayo de 1899.
(Firmados).
Pantaleón Cortés.
El tenedor de Libros, encargado de la Secretaría general, Juan de Dios Mogollón.
Es fiel copia - Villavicencio, Mayo 13 de 1899.
Juan de Dios Mogollón.
Tenedor de Libros
Ministerio de Gobierno - Anapoima, Mayo 23 de 1899
Aprobado.
Comuníquese y publíquese.
El Ministro de Gobierno,
RAFAEL PALACIO
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