Por el cual se dictan algunas disposiciones en el Ramo de Guerra
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° El Batallón de ingenieros Caldas dependerá en adelante de la Inspección General de las Fuerzas Militares.
Artículo 2° El Batallón de infantería número 3 Bárbula, con la denominación de
Batallón de infantería número 2 Sucre, se trasladará a la guarnición de Chiquinquirá; y la Compañía de ferrocarrileros del Batallón de ingenieros Caldas será destacada a Ibagué.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 13 de enero de 1937.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Guerra,
PLINIO MENDOZA NEIRA
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