Por el cual se crean unas plazas y se fijan unas asignaciones en el Ramo postal y telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1904-08-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Art. 1.° Créase una plaza más de Ayudante de la Oficina postal y telegráfica de Sabanalarga, una más de Copista en la Oficina telegráfica de Cartagena y la de Oficial de Recibo de la de Corozal; las dos primeras con las mismas asignaciones de las demás de sus clases, y la última con la de $ 30 oro, mensuales.
Art. 2.° Fíjase en $ 20 y $ 30 la asignación mensual de cada uno de los Telegrafistas Administradores de Correos de Chinú y Sahagún, respectivamente, y créase en esta última Oficina la plaza de Ayudante con la de $ 25.

Parágrafo. Las asignaciones de que trata el artículo 1.° de este Decreto se reconocerán desde la fecha en que los nombrados para ocupar dichos puestos hayan tomado posesión de ellos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 26 de Julio de 1904.

JOSE MANUEL MARROQUÍN

El Ministro de Gobierno,

ESTEBAN JARAMILLO

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