Por el cual se adiciona el Decreto número 916, de 16 de mayo de 1917
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
considerando:
Que por el Decreto número 916 de 16 de mayo de 1917, que reglamenta la Ley 43de 1916, se dispuso la edición de los bonos de deuda interna que deben emitirse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43 de 1916, en series numeradas y continua de a $ 10, $ 50 y $ 100; y
Que el Ministerio de Agricultura y Comercio ha solicitado una emisión de dichos bonos en nuevas series de valores más bajos que los indicados, hasta completar el total de la emisión que permite la Ley 43 de 1916,
decreta:
Artículo único: Además de las series de bonos de deuda interna que se ordenó emitir por el artículo 1° del Decreto número 916 de 16 de mayo de 1917, se editarán las siguientes series numeradas y continuas:
Serie D, de a $ 5.
Serie E, de a $ 2.
Serie F, de a $ 1.
Parágrafo. Queda así adicionado el Decreto número 916 de 16 de mayo de 1917.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de abril de 1918.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro del Tesoro, Pedro BLANCOS S.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.