Por medio del cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1980-04-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Apruébese el Acuerdo número 10 de marzo 13 de 1930, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

"ACUERDO NUMERO 10 DE 1980

(marzo 13)

El Comité Nacional de Cáfeteros, en. Uso de sus atribuciones y

considerando:

acuerda:

Artículo primero. El artículo primero del .Acuerdo número 19 del 20 de diciembre de 1979, quedará así:

"Artículo primero. Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros para que una vez el Gobierno otorgue a los Ferrocarriles Nacionales un empréstito o un aporte presupuesta por $ 478.000.c00.00 para, la reparación y mantenimiento de equipos y vías férreas conceda a los mismos Ferrocarriles, con recursos del Fondo Nacional del Café, un empréstito por la Suma de US$ 8.173.500.00, o su equivalente en pesos colombianos"

Artículo segundo. El artículo segundo del citado Acuerdo número 19 quedará así:

"Artículo segundo. Este empréstito tendrá un plazo de 6 años, incluidos 18 meses de gracia a capital e intereses; devengar intereses del 10 anual para el todo o la parte de él que se conceda en dólares de los Estados Unidos de América y/o del 20% para el todo o la parte de él que se conceda en pesos colombianos y deberá ser respaldado mediante pignoración a favor de la Federación de cuentas de fletes de café y pagares suscritos por los Ferrocarriles Nacionales".

Artículo tercero. Someter el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público a la aprobación del señor Presidente de la República.

Dado en Bogotá. D. E" a les trece (13) días del mes de marzo de mil novecientos ochenta (1980).

El Presidente (Fdo.) Hernán Toro Uribe.

El Secretario (Fdo.), José Fernando Jaramillo H.".

Artículo segundo. Este Decreto rige desde su expedición

Comuniquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 14 de marzo de 1980.

JULIO CESAR TURE AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Jaime García Parra.

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