Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Superior de Artes y Oficios de Líbano (Tolima)

Rango Decreto
Publicación 1952-05-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Superior de Artes y Oficios de Líbano, se distribuyen las siguientes partidos apropiadas en el presupuesto nacional vigente, así:
Mensual Total.
a) Capítulo 85, artículo1003.
Para sueldos en enero:
Profesor de cultura General (director de grupo) (1ª categoría) $ 350.00
Suma $ 350.00
Para sueldos en 11 meses: febrero a diciembre: Profesor de cultura General (director de grupo) $ 300.00 $ 3.300.00
Servicio doméstico y de vigilancia 217.27 2.389.97
Sumas $517.27 6.039.97
Para sueldos en 12 meses: enero a diciembre: Director 450.00 5.400.00
Jefe de disciplina e Internado 280.00 3.360.00
Coordinador de Talleres 280.00 3.360.00
Habilitado Almacenista 265.00 3.180.00
Secretario-Profesor 250.00 3.000.00
Profesor de Cultura General (Director del Grupo) 240.00 2.880.00
Dibujante Profesor (Director del Grupo) 240.00 2.880.00
Cuatro Jefes de taller, a razón de $ 240 mensuales, cada uno 960.00 11.520.00
Tres Instructores de Taller, a razón de $ 200 mensuales, cada uno 600.00 7.200.00
Ecónoma 100.00 1.200.00
Capellán Profesor 80.00 960.00
Médico 85.00 1.020.00
Sumas 3.830.00 51.999.97
b) capítulo 85 artículo 1004. Para alimentación en 10 meses: febrero a diciembre: De 30 alumnos becados internos, a razón de $ 42 mensuales, cada uno 1.260.00 12.600.00
Del 40 alumnos externos de restaurantes, hasta 500.00 5.000.00
De 16 empleados internos (director, jefe de disciplina e internado, coordinador de talleres, Habilitado-Almacenista, Secretario-Profesor, 2 profesores de cultura General (Directores de Grupo), Dibujante-Profesor, Director de Grupo), 4 Jefes de Talleres, 3 Inspectores de Talleres y Ecónoma), a razón de $ 45 mensuales, cada uno 720.00 7.200.00
De servicio doméstico de legislación. 280.00 2.800.00
Sumas $ 2.760.00 27.600.00
Para alimentación en diciembre: De 4 empleados internos que por razón de sus cargos en permanecer en el plantel, durante el medio de vacaciones, según distribución que hará el Director 150.00
Suma $ 27.750.00
Gastos varios: enero a diciembre: Mensual. Total.
Para servicios de energía, agua, el feo, teléfono, material industrial de enseñanza, útiles territorio, deportes, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de la escuela $ 1.500.00 18.000.00
Para comprar maquinaria y herramientas, laboratorio, conservación de los mismos, etc. 4.250.00
Total $ 50.000.00

Parágrafo. Las partidas para asuntos de personal, alimentación, y gastos varios, serán manejadas por el habilitado-almacenista de la Escuela. Las correspondientes a compra de maquinaria y herramientas, laboratorios y conservación de los mismos, serán manejadas por el Contador-Pagador del Ministerio de Educación Nacional.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá entre demás en 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

EL Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera.

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