Por el cual se abre un crédito suplemental al presupuesto de gastos del bienio de 1895 y 1895

Rango Decreto
Publicación 1895-12-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de Ministros en virtud del dictamen favorable dado por el Consejo de Estado para que se abra al Presupuesto de Gastos del bienio en curso un crédito suplemental, á fin de atender á los gastos que ocasione la epidemia de viruela, ha resuelto abrir el mencionado crédito,

DECRETA:

Artículo único. Abrase al Presupuesto de Gastos del bienio de 1895 y 1896 el crédito suplemental siguiente :

departamento de beneficencia y recompensas.

Capítulo 14

Beneficencia.

Artículo 30. Para la consecución, conservación y programación del virus vacuno en la República y otros gastos análogos $ 25,000

Dado en Bogotá, á 14 de Diciembre de 1895.

El Ministro del Tesoro,

Miguel Abadía Méndez.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.