Por el cual se crean y proveen los puestos de Pasante y Bedel en el Instituto Nacional de Agricultura y Veterinaria

Rango Decreto
Publicación 1915-04-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

decreta :

Artículo 1°. Mientras los alumnos destinados a la Escuela Anexa de Agricultura, en tierra caliente, permanezcan en el Instituto Nacional de Agricultura y Veterinaria, créanse los puestos de Pasante y Bedel.

Artículo 2.° Nombrase para desempeñar dichos puestos a los señores Jesús Matéus y Guillermo García B., respectivamente, con la asignación mensual de veinte pesos ($ 20) oro cada uno.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de abril de 1915.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Agricultura y Comercio,

jorge e. DELGADO.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Dominio público (textos oficiales del Estado, libre reproducción)