por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1989-04-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto legislativo 2078 de 1940,

DECRETA:

Artículo 1°. Apruébase el Acuerdo número 1 de 1989 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

«ACUERDO NUMERO 1 DE 1989

(enero 19)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

Que a partir del 1°de julio de 1989 deberá dársele aplicación plena a los términos del precitado Contrato, salvo en materias presupuestal y contable, las cuales empezarán a regir para la vigencia de 1990;

ACUERDA:

Artículo 1° Fíjase en la suma de cuatrocientos mil treinta y ocho millones de pesos ($400.038.000.000.00), moneda corriente, la actualización del presupuesto de ingresos y egresos del Fondo Nacional del Café para la vigencia de mil novecientos ochenta y ocho, discriminada así:

INGRESOS: INGRESOS:
Ingresos por Ventas de Café $305.648.800.000.00
Ingresos por Impuestos y Contribuciones 14.940.500.000.00
Ingresos Financieros 38.900.200.000.00
Venta Insumos Provisión Agrícola 17.718.000.000.00
Ingresos Varios 798.800.000.00
Aportes Entidades Gremio Cafetero Apoyo Planes Sociales del Gobierno 442.241.000.00
Variación del Activo Corriente 2.303.559.000.00
Vencimiento Inversiones Recursos Acuerdo enero 21 de 1986 15.241.000.000.00
Otros Recursos 4.044.900.000.00
TOTAL INGRESOS $400.038.000.000.00
EGRESOS: EGRESOS:
Compras de Café $208.523.000.000.00
Gastos Operación y Comercialización Café en el Interior y en el Exterior 56.087.100.000.00
Impuesto Ad Valorem a pagar 15.489.900.000.00
Gastos Financieros 15.786.144.000.00
Servicios Prestados al Fondo Nacional del Café por Federacafé 20.949.838.000.00
Gastos Campaña Roya 13.985.000.000.00
Gastos Generales 992.922.000.00
Gastos Varios 4.397.841.000.00
Costos Insumos Provisión Agrícola 18.265.000.000.00
Gastos Manejo Insumos Provisión Agrícola 4.638.000.000.00
Préstamos concedidos 500.000.000.00
Capitalización Fondos Rotatorios 27.342.200.000.00
Inversiones y reinversiones de dividendos en entidades filiales a otras sociedades 8.301.300.000.00
Bonos y Títulos 300.000.000.00
Inversiones en Proyecto Mercadeo Agroindustria y Diversificación Cafetera 247.000.000.00
Construcción y Adecuación Edificios, Bodegas y Silos 924.956.000.00
Adquisición Terrenos 156.500.000.00
Maquinaria y Equipo 941.000.000.00
Disminución Pasivos Corrientes 281.600.000.00
Servicio de la Deuda largo plazo 1.928.700.000.00
TOTAL EGRESOS $400.038.000.000.00

Artículo 2° Sométase el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D. E., a los diecinueve (19) días del mes de enero de mil novecientos ochenta y nueve (1989).

El Presidente,

(Fdo.) ADOLFO FORERO YOVES

El Secretario,

(Fdo.) HERNANDO GALINDO MAYNE.

Articulo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de marzo de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcon Mantilla.

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