Por el cual se crean unas plazas y unas oficinas en el Ramo postal y telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1905-07-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Art. 1°. Créase la plaza de Ayudante en la Oficina postal y telegráfica de Carolina, Departamento de Antioquia, con la asignación mensual de $ 30 oro, y una más en la de Guamal, Departamento del Magdalena, con la de $ 50.
Art. 2°. Créanse igualmente las Oficinas postales y telegráficas de Armenia y Gómez Plata, Departamento de Antioquia, cada una con el siguiente personal y asignaciones mensuales en oro:
Armenia
Un Telegrafista Administrador de Correos $ 20 ...
Un Cartero 3 ...
Gomez Plata Gomez Plata
Un Telegrafista Administrador de Correos 20 ...
Un Cartero 3 ...

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 23 de Junio de 1905.

R. REYES.

El Ministro de Gobierno,

BonifacioVelez

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