Por el cual se crean unas plazas, se modifican algunas asignaciones, se crean unas oficinas y se hacen unos nombramientos

Rango Decreto
Publicación 1937-05-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Con retroactividad al 1° de febrero, créanse las siguientes plazas:
Amalfi (Antioquia).
Un Ayudante de la Oficina Mixta, con asignación mensual de $ 50.00
Un Cartero, con asignación mensual de 10.00
y nómbrase para desempeñarlas al señor Angel González y al señor Virgilio Jiménez, respectivamente.
Medellín (Antioquia).
Un Ayudante Mecánico, con asignación mensual de 60.00
y nómbrase para desempeñarla al señor José García H.
Dorada (Caldas).
Un Oficial de Recibo, con asignación mensual de 65.00
y nómbrase para desempeñarla a Eduardo Gutiérrez.
Quibdó (Intendencia de1 Chocó).
Un Mecánico, con asignación mensual de 80.00
y nómbrase para desempeñarla al señor David Vergara.
Cantugadó (Chocó).
Un Ayudante de la Oficina Telegráfica, con asignación mensual de 60
y nómbrase, para , desempeñarla al señor Miguel Hernández.
Chapinero (Bogotá).
Un Administrador, con asignación mensual de. 60.00
Un Ayudante, con asignación mensual de 50.00
y nómbrase para .desempeñarlas a la señorita Paz Beltrán y la señora Carmen Morales de respectivamente.
Bogotá (Cundinamarca).
Un Cartero para la Oficina de Recibo y Distribución de Telegramas, con 50.00
y nómbrase para desempeñarla al señor Juan B. Alarcón.
Gachetá (Cundinamarca).
Un Ayudante de la Oficina Mixta, con asignación mensual de 40.00
y nómbrase para desempeñarla a la señorita Eloísa García.
Girardot (Cundinamarca).
Un Ayudante de la Oficina Telegráfica, con asignación mensual de 100.00
y nómbrase para desempeñarla al señor Inocencio Jiménez.
Santa Isabel de Providencia.
Un Administrador de Correos, con asignación mensual de 50.00
y nómbrase para desempeñarla a la señora Herminia de Almonacid.
Bucaramanga (Santander).
Un Mecánico, con asignación mensual de 80.00
y nómbrase para desempeñarla al señor Julio C. García.
Conto (Valle).
Un Guarda de Telégrafos, con asignación mensual de 30.00
y nómbrase para desempeñarla al señor Jacinto Bedoya.
Ríofrío (Valle).
Un Ayudante de la Oficina Mixta, con asignación mensual de 40.00
y nómbrase para desempeñarla al señor Heriberto Albán.'
Tuluá (Valle). Telégrafos.
(Un Ayudante, con asignación mensual de 90.00
y nómbrase para desempeñarla al señor Eléazar Osorio.
San Luis (Tolima).
Un Ayudante, con asignación mensual de 30.00,
y nómbrase para desempeñarla al señor José Alfonso Lozano.
Artículo 2° A partir del 1° de abril del presente año, créanse las siguientes plazas:
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Belén (Boyacá).
Una plaza de Ayudante de Correos, son asignación mensual de $ 30.00
Ríonegro (Antioquia).
Un Ayudante Administrador de Correos, con asignación mensual de 30.00
Segovia, (Antioquia).
Un Ayudante de la Oficina Mixta, con asignación mensual de 30.00
Pasto (Nariño).
Un Operador de radio, con asignación mensual de 110.00
Ipiales (Nariño).
Un Oficial de Recibo, con asignación mensual de 45.00
Bucaramanga (Santander).
Un Operador de radio, con asignación mensual de 110.00
Artículo 3° A partir del 1° de marzo del presente año, créanse las siguientes plazas:
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Cúcuta (Norte de Santander).
Un Operador Supervisor, con asignación mensual de $ 155.00
y nómbrase para desempeñarla al señor Carlos García Losada.
Un Ayudante Mecánico, con asignación mensual de 60.00
y nómbrase para desempeñarla al señor Alfonso Venegas.
Artículo 4° A partir del 15 de marzo del presente año, créanse las siguientes plazas:
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Bogotá (Cundinamarca).
Departamento de Sostenimiento
Un Oficial, con asignación mensual $ 140.00
y nómbrase al señor Carlos Camargo L.
En el Departamento de Explotación Telegráfica:
Una Mecanotaquígrafa, con asignación mensual de 75.00
y nómbrase para desempeñarla a la señorita Juanita Sánchez.
Artículo 5° A partir del l 9 de abril del presente año, créanse las siguientes oficinas:
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Busbanzá (Boyacá). Oficina de Correos.
(Los honorarios serán cubiertos por dicha Municipalidad).
Urumita (Magdalena).
Telegrafista Administrador $ 40.00
Artículo 6° Modifícanse las siguientes asignaciones:
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Leticia (Amazonas), con retroactividad al 1° de febrero:
Jefe Mixta $ 200.00
Barranquilla (Atlántico), a partir del 15 de marzo:
Jefe Capital 200.00
Bucaramanga (Santander), con retroactividad al 1° de febrero:
Jefe Capital 160.00
Bogotá (Cundinamarca), con retroactividad al 1° de marzo:
Ayudante Internacional, Departamento de Explotación Postal 130.00
Agua de Dios Int. (Cundinamarca), con retroactividad al 1° de marzo:
Ayudante de 1a Oficina Telegráfica. 50.00
Pore (Boyacá), con retroactividad al l° de febrero: .
Guarda 45.00
A partir del 1° de abril las siguientes:
Chámeza (Boyacá).
Agente de Correos 20.00
Jenesano (Boyacá).
Telegrafista Administrador 40.00
Miraflores (Boyacá).
Telegrafista Administrador 50.00
Nunchía (Boyacá).
Telegrafista Administrador 70.

Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento de este Decreto se imputará al capítulo 56, artículo 327, del Presupuesto vigente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de marzo de 1937.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Jorge RESTREPO HOYOS

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