Por el cual se amplían las funciones de los Inspectores Nacionales de Educación Primaria
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º Adscríbese a los Inspectores Nacionales de Educación Primaria, peritos en la materia, la función de revisar el Escalafón del Magisterio, en lo que se refiere a los maestros de segunda categoría, de los Departamentos que les corresponde visitar, a partir del presente mes de marzo en adelante.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de marzo de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Educación Nacional,
Alfonso ARAUJO
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