Por el cual se da una autorización a los Consejos Administrativos Departamentales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 3518 de noviembre 9 de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a los Consejos Administrativos Departamentales para fijar a sus miembros una prima mensual, durante cada periodo de sesiones, por concepto de trabajo que realicen en las comisiones reglamentarias de la respectiva corporación, en la forma siguiente: En los Departamentos cuyo presupuesto sea inferior a cinco millones de pesos ($5.000.000.00), hasta cuatrocientos pesos para cada Consejero, en los Departamentos cuyo presupuesto sea mayor a cinco millones ($5.000.000.00) y por menor de diez ($10.000.000.00) millones de pesos, hasta quinientos pesos ($500.00) para cada Consejero; en los demás Departamentos hasta seiscientos pesos ($600.00) para cada Consejero.
Artículo 2°. La prima mensual a que se refiere este decreto, podrá ser reconocida a los Consejeros Departamentales desde la fecha de iniciación de las sesiones ordinarias del presente año.
Artículo 3°. Quedan suspendidas las disposiciones contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D.E., a 22 de marzo de 1956.
General Jefe supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Gobierno,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Evaristo Sourdis.
El Ministro de Justicia,
Pedro Manuel Arenas.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del Ministerio de Fomento,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Guerra,
Mayor General Gabriel París.
El Ministro de Agricultura,
Hernando Salazar Mejía.
El Ministro del Trabajo,
Cástor Jaramillo Arrubla.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Félix García Ramírez.
El Ministro de Educación Nacional encargado del Ministerio de Salud Pública,
Gabriel Betancur Mejía.
El Ministro de Comunicaciones,
Mayor General Gustavo Berrío Muñoz.
El Ministro de Obras Publicas encargado,
Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.
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