Por el cual se acepta la cancelación de una reserva y se aclara la destinación de una partida
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 3518 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;
Que con fecha 4 de julio de 1950, el Ministro de Obras Públicas suscribió un contrato con el Ingeniero Demetrio A. Hurtado, para la ejecución de varias obras en la Colonia Escolar de Vacaciones de Ver salles (Valle);
Que por diversas causas dicho contrato no llegó a perfeccionarse, circunstancia ésta que permitió la cancelación de la reserva certificada de fondos por $47.000.00, constituida en los libros de la Contraloría General de la República a favor del señor Hurtado; y la posterior apertura de un crédito adicional al Presupuesto Nacional de Gastos y Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1952, con base en el recurso fiscal proveniente de la cancelación de la expresada reserva de fondos;
Que el mencionado crédito adicional fue abierto por medio del Decreto legislativo número 1003 de 1952, así: "Capítulo 95, artículo 1136-A. Para terminar la construcción de la Colonia de Vacaciones de Versalles (Valle), según cont r a to suscrito en Bogotá por el Ministro de Obras Públicas con Demetrio A. Hurtado, el 4 de julio de 1950 "; y
Que el Contratista, señor Demetrio A. Hurtado, ha manifestado expresamente por escrito al Ministerio de Obras Públicas, en comunicación de fecha 8 de septiembre del pasado año, la imposibilidad en que se encuenta actualmente para llevar a cabo las obras materia del contrato aludido, y autoriza la cancelación de la reserva de fondos constituida a su favor para el contrato de la Colonia de Vacaciones de Versalles (Valle),
DECRETA :
Artículo primero. Acéptase la autorización otorgada por el señor Demetrio A. Hurtado en su comunicación de fecha 8 de septiembre del pasado año dirigida al Ministerio de Obras Públicas para cancelar la reserva de fondos constituida a su favor por la Contraloría General de la República para el contrato de la Colonia de Vacaciones de Versalles (Valle), que no llegó a perfeccionarse, en vista de la imposibilidad para darle cumplimiento, expresada en la misma nota, por razones que el .Gobierno encuentra justificadas.
Artículo segundo. Declárase libre de todo compromiso la partida de $47.000.00 apropiada en el Capítulo 95, artículo 1136-A, del Presupuesto de la vigencia en curso. Dicha partida podrá ser invertida por el Ministerio de Educación Nacional, por conducto del Ministerio de Obras Públicas, en la construcción de las obras de terminación de la Colonia de Vacaciones de Versalles (Valle).
Artículo tercero. Suspéndense Jas disposiciones legales que sean contrarias al presente Decreto.
Artículo cuarto. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de enero de 1953.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Gobierno,
Luis Ignacio Andrade.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Juan Uribe Holguín.
El Ministro de Justicia,
José Gabriel de la Vega.
E1 Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
El Ministro de Guerra,
José María Bernal.
El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Camilo J. Cabal Cabal.
El Ministro del Trabajo,
Manuel Mosquera Garcés.
El Ministro de Higiene,
Alejandro Jiménez Arango,
El Ministro de Fomento,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Rodrigo Noguera Laborde.
El Ministro de Educación Nacional,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Carlos Albornoz.
El Ministro de Obras Públicas,
Jorge Leyva.
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