por el cual se fija la remuneración del personal directivo de la Compañía de Fomento Cinematográfico –FOCINE–
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1986,
DECRETA:
Artículo 1º A partir del 1ø de enero de 1986, fíjanse las siguientes escalas de remuneración para el personal directivo de la Compañía de Fomento Cinematográfico -FOCINE-:
| CARGO | GRADO | GRADO | ASIGNACION BASICA | GASTOS DE REPRESENTACIÓN | TOTAL |
|---|---|---|---|---|---|
| Gerente | Gerente | 03 | 85.003 | 85.002 | 170.005 |
| Subgerente | Subgerente | 05 | 61.375 | 61.375 | 122.750 |
| Secretario General | Secretario General | 06 | 61.375 | 61.375 | 122.750 |
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto - ley 122 de 1985 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1ø de enero de 1986.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 10 de enero de 1986.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hugo Palacios Mejia.
La Ministra de Comunicaciones (E.),
Maria Cristina Mejia De Mejia.
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Ericina Mendoza Saladen.
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