Por el cual se hace una cesión al Municipio de Bogotá

Rango Decreto
Publicación 1916-05-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en virtud de la autorización que le confiere la Ley 40 de 1915,

decreta:

Artículo único Cédese a favor del Municipio de Bogotá la propiedad de las siguientes zonas de terreno, para que éste pueda continuar la apertura de las nuevas calles que está llevando a cabo, partiendo del frente occidental del Palacio de la Carrera, hacia el Suroeste:

Parágrafo. Las fajas de terreno se tomarán en los lugares indicados en el plano levantado para el efecto por el Ingeniero Municipal de Bogotá, señor Pablo E. Lucio, el cual se agregará al protocolo a tiempo de extenderse la escritura de cesión correspondiente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de abril de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA--El Ministro de Hacienda, Diego MENDOZA.

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