Por el cual se determina el lugar donde deben verificarse los torneos de educación física en el presente año
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
considerando
Que la Ley 80 de 1925 dispone que se verifiquen torneos en la República, con el fin de fomentar la educación física y los deportes;
Que el Departamento de Antioquia ha manifestado al Ministerio de Educación Nacional el deseo de que en el presente año y por cuenta del Departamento se verifiquen dichos torneos en la ciudad de Medellín, y
Que es deber del Gobierno Nacional fomentar por cuantos medios estén a su alcance la educación física,
decreta:
Artículo 1° Los torneos de 1932, patrocinados por el Ministerio de Educación Nacional, se verificarán en la ciudad de Medellín, capital del Departamento de Antioquia, del día 7 de agosto del presente año en adelante, y serán dirigidos, organizados y costeados por la Gobernación de dicho Departamento.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de abril de 1932.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Educación Nacional,
Julio CARRIZOSA V.
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