Por el cual se crea una comisión para la reforma de la Administración Pública
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
considerando
que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,
decreta:
Artículo primero. Créase una Comisión Nacional, bajo la dependencia directa del Presidente de la República, paira la reforma de la Administración Pública, que estará compuesta por el Director Nacional del Presupuesto, por el Director Nacional de Planeación Económica y Fiscal y por el Director del Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior.
Artículo segundo. Los técnicos enviados por la Asistencia Técnica de las Naciones Unidas para la reorganización de la Administración Pública y para el establecimiento del Servicio Civil, así como el personal colombiano nombrado para este efecto, trabajarán bajo la dirección inmediata de la Comisión Nacional creada por este Decreto.
Esta Comisión escogerá un delegado de su propio seno para la coordinación de las actividades del personal colombiano y extranjero empleado en la realización de las finalidades mencionadas.
Artículo tercero. La Comisión Nacional para la reforma de la Administración Pública sesionará por lo menos una vez al mes, presidida por el Jefe del Estado; y se ocupará en el estudio y solución de los problemas fundamentales de la reorganización de la Administración Pública, así como de formular normas para el establecimiento y funcionamiento del Servicio Civil, a fin de racionalizar la Administración del Estado, para el mejor servicio de la Nación.
Artículo cuarto. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 4 de marzo de 1954.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA
El Ministro de Gobierno,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Justicia,
Brigadier General Gabriel París.
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Gustavo Berrío M.
El Ministro de Agricultura,
Brigadier General Arturo Chary.
El Ministro del Trabajo,
Aurelio Caicedo Ayerbe.
El Ministro de Salud Pública,
Bernardo Henao Mejía.
El Ministro de Fomento
Alfredo Rivera Valderrama.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Pedro Nel Rueda Uribe.
El Ministro de Educación Nacional, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores,
Daniel Henao Henao.
El Ministro de Comunicaciones,
Coronel Manuel Agudelo.
El Ministro de Obras Públicas, encargado del Despacho de Hacienda y .Crédito Público,
Santiago Trujillo Gomez.
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