Por el cual se establece la Planta de Personal de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio dé sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la. Constitución Política de Colombia y de acuerdo al Decreto-ley 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º Las funciones propias de la Dirección General de .Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
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Parágrafo. De conformidad con lo establecido por el artículo 2º del Decreto-ley 1044 de 1978, la remuneración correspondiente al cargo de Director General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, será la fijada para los Ministros del Despacho.
Artículo 2º Los funcionarios de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito. Público, seguirán desempeñando las funciones de los respectivos cargos hasta tanto se incorporen en la nueva Planta de Personal.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de marzo de 1980. '
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
El Jefe del Departamento Administrativo ' del Servicio Civil, Laura Ochoa dé Ardila.
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