Por el cual se determina la ruta que debe seguir el ramal de la carretera del sur entre ésta e Ipiales

Rango Decreto
Publicación 1926-04-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

teniendo en cuenta:

decreta:

Artículo 1º De acuerdo con la organización dada a los trabajos del ramal de Ipiales, se procederá a ejecutar las obras de construcción necesarias, siguiendo la ruta fijada para esa vía por el Ministerio de Obras Públicas, o sea la que parte del punto denominado El Espino en la carretera de Pasto a Barbacoas, pasa por Guachucal y va a Ipiales.
Artículo 2º Los trabajos expresados se atenderán con los $ 30,000 en bonos colombianos de deuda interna destinados como auxilio para esa obra, por Decreto ejecutivo número 743, de 3 de abril de 1920.

Comuníquese y publíquese.

Dada en Bogotá a 17 de abril de 1926.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.

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