Por el cual se distribuye una partida

Rango Decreto
Publicación 1937-05-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único La suma apropiada en el artículo 301, capítulo 54 da la Ley de Apropiaciones vigente, para atender a la función educativa en el territorio escolar de Casanare, se distribuye así:
Mensual En el año
Sueldo del Inspector, en doce meses $ 78.86 940.32
Sueldo de doce maestros, a $ 27.90 mensuales cada-uno, en doce meses 334.80 4,017.60
Sueldo de, doce, maestros a $ 36 mensuales cada uno, en doce meses 432.00 5,184.00
Total $ 10,147.92

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de marzo de 1937.

ALFONSO LOPEZ

Por el Ministro de Educación Nacional, el Secretario encargado del Despacho,

Jorge ZALAMEA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.