Por el cual se amplía una autorización conferida al Ministerio de Gobierno
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. La autorización conferida al Ministerio de Gobierno por el Decreto número 1914 de 1937, se hace extensiva para la fijación de los viáticos a que tengan derecho los empleados del Palacio Presidencial en los casos en que hayan de salir en comisiones oficiales a distintos lugares del país.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 8 de abril de 1938.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS
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