Por el cual se reglamenta el Museo Nacional de Bogotá
El Presidente de la República de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1. ° Promuévese al Subteniente Luis Bautista S. del puesto de Adjunto á la Comandancia General de la segunda División al de Oficial de la cuarta Compañía del Batallón 7. ° de Infantería, acantonado en Cúcuta, en reemplazo, del Subteniente Miguel A. Vivas, quien falleció. Para llenar la vacante que deja Bautista destínase al Oficial del mismo grado Tomás Jaimes Vera, á quien se llama al servicio activo.
Artículo 2. ° Nómbrase al Teniente Rafael Salgado Gómez Instructor del Batallón 14. ° de Infantería, que hace la guarnición en Barranquilla.
Artículo 3. ° Concédese al cadete efectivo José Ignacio Calderón la baja que solicita como alumno de la Escuela Militar, teniendo en cuenta los motivos que expresa en su petición y el concepto favorable del Director de ese establecimiento.
Artículo 4. ° Deatínase al Curso de Aplicación de la Escuela Militar, para el año de 1910, al Capitán Constantino Rojas F.
Artículo 5. ° Concédese la licencia indefinida que solicitan los Subtenientes Alcides Rodríguez y Adolfo Acosta para separarse de la primera Compañía del Batallón 6. ° de Infantería, acantonado en Santa Marta, la cual ha venido apoyada por el conducto regular.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 28 de Diciembre de 1909.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Guerra,
jose MEDINA O.
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