por el cual se aclara el artículo 1° del Decreto 4884 de 2011, que establece la planta de personal de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, APC -Colombia

Rango Decreto
Publicación 2012-03-29
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 de artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que artículo 1° del Decreto 4884 de 2011, que estableció la planta de personal de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia -APC- Colombia, contiene una imprecisión en relación con la denominación de dos cargos grado 24 del Despacho del Director General y frente a la no concordancia de la cifra de número de Cargos de la Planta Global escrita en números y en letras, la cual es necesario corregir.

DECRETA:

Artículo 1°. Aclárase el artículo primero del Decreto 4884 de 2011, el cual quedará así:

"Artículo Primero. Las funciones propias de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:

N° de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
1 (uno) Director General de Unidad Administrativa Especial 0015 24
2 (dos) Asesor 1020 16
6 (seis) Asesor 1020 14
4 (cuatro) Asesor 1020 12
2 (dos) Secretario Ejecutivo 4210 24
1 (uno) Conductor Mecánico 4103 17
1 (uno) Conductor Mecánico 4103 15
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
4 (cuatro) Director Técnico 0100 22
2 (dos) Profesional Especializado 2028 21
10 (diez) Profesional Especializado 2028 20
12 (doce) Profesional Especializado 2028 18
5 (cinco) Profesional Especializado 2028 17
2 (dos) Profesional Especializado 2028 13
4 (cuatro) Profesional Universitario 2044 10
4 (cuatro) Profesional Universitario 2044 08
2 (dos) Técnico Administrativo 3124 18
1 (uno) Secretario Ejecutivo 4210 24
2 (dos) Secretario Ejecutivo 4210 20
1 (uno) Secretario Ejecutivo 4210 19"
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo primero del Decreto 4884 de 2011.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a los 29 de marzo de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

Federico Rengifo Vélez.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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