Por el cual se aprueba el presupuesto de gastos de la Intendencia del Chocó
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase el presupuesto especial de gastos de la Intendencia del Chocó que figura en el Decreto número 49 de 1912, dictado por el Intendente con fecha 2 de abril del corriente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de junio de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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