Por el cual se suprime un expendio oficial de especie postales, se da una autorización y se reforma una disposición sobre venta de especies

Rango Decreto
Publicación 1935-04-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 16 del presente mes de abril quedará suprimido el expendio oficial de especies postales que funciona en el edificio de Santo Domingo, en Bogotá.
Artículo 2° Autorízase al Ministro de Correos y Telégrafos para que por medio de resolución, previa licitación privada entre expendedores particulares que hayan cumplido los requisitos del Decreto número 493 de 1933, conceda al mejor postor el uso del local en que funciona el expendio que se clausura. El concesionario se comprometerá a comprar al contado las especies que necesite, en lotes de ciento ($ 100) o más pesos y a mantener el expendio abierto continuamente al público desde las 8 hasta las 20 los días útiles; de 8 a 12 y de 18 a 20 los días feriados.
Artículo 3° Refórmase el artículo 5° del Decreto número 493 de 1933 (7 de marzo) en el sentido de que él descuento que se concede a los expendedores particulares en sus compras de especies postales será del dos por ciento (2 por 100) sobre compras de cincuenta o más pesos ($ 50), sea cual fuere la cuantía de la compra. Esta reforma regirá desde el día siguiente a la fecha del presente Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de abril de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Benjamín SILVA HERRERA

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