Por el cual se trasladan varias partidas en el Presupuesto de Gastos de 1906

Rango Decreto
Publicación 1907-01-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1.° Trasládanse en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1906 las partidas siguientes, que se deducen de las imputaciones respectivas:

MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO

departamento del tesoro

Capítulo 39.

Gastos varios.

Artículo 251. Para atender á las insuficiencias que ocurran en cualquiera de los Presupuestos de los Ministerios, y para evitar así los créditos supleméntales y extraordinarios $ 15,000
Artículo 252. Para aumentar las asignaciones de los empleados nacionales en el presente año 52,000
--- ---

Artículo 2.° Las partidas que se trasladan tendrán las siguientes imputaciones:

MINISTERIO DE GOBIERNO

departamento de politica interior

Servicio de 1906.

Capítulo 7.°

Gastos varios

Artículo 25. Para gastos de personal y material de la Imprenta Nacional $ 15,000

DEPARTAMENTO DE CORREOS Y TELEGRAFOS

Capítulo 8.°

Gastos generales.

Artículo 33. Para material de las Oficinas y líneas de correos y telégrafos, conservación de éstas, construcción de nuevas líneas telegráficas y establecimiento de nuevas líneas de correos 50,000

MINISTERIO DE HAC IENDA Y HACIENDA Y TESORO

departamento del tesoro

Capítulo 39.

Gastos varios

Artículo 252 C. Para devolver empréstitos voluntarios y sus intereses, según el Decreto 1131 de12 de Diciembre de 1903 2,000
Suma $ 67,000

Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Madrid, á 20 de Enero de 1907.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

tobias VALENZUELA

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