Por el cual se determina la jurisdicción de los Consulados de Colombia en el Ecuador

Rango Decreto
Publicación 1943-01-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. A partir del 19 de los corrientes, la jurisdicción de los Consulados de la República en el Ecuador, será la siguiente: Consulado General en Quito Jurisdicción en las Provincias de Pichincha, León, Tungurahua, Imbabura y Carchi.

Consulado General en Guayaquil Jurisdicción en las Provincias de Guayas, Manabi, Esmeraldas, El Oro, Loja, Asuay, Chimborazo, Bolívar y Los Ríos.

Consulado en Tulcán Jurisdicción en la misma ciudad.

Consulado en Esmeraldas Jurisdicción en la misma ciudad.

Agencia Consular en Manía Jurisdicción en el mismo puerto.

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de enero de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho,

Alberto GONZALEZ FERNANDEZ

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.