Por el cual se da una autorización a la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas

Rango Decreto
Publicación 1955-02-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Autorízase a la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas, para importar del país de origen que considere más conveniente, hasta 20.000 toneladas de trigo durante el primer semestre del presente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de enero de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Agricultura,

Juan Guillermo Restrepo Jaramillo.

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