Por el cual se deroga una disposición

Rango Decreto
Publicación 1910-01-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

1.° Que por Decreto número 1371 de 25 de Noviembre de 1905, se dispuso la suspensión del reconocimiento de las pensiones y recompensas militares en algunos de los casos en que la Ley 21 de 1904 reconoce derecho de solicitarla; y

2.° Que el Ejecutivo no podía dictar disposición contraria a la Ley, y debe, por tanto, restablecerse ésta en todo su vigor,

DECRETA:

Artículo 1.° Derógase el Decreto número 1371 de 1905.
Artículo 2.° La Sección de Suministros dará curso, el consecuencia, a las reclamaciones de pensiones ó recompensas militares en todos los casos de que trata la Ley 21 de 1904 (10 de Noviembre), y observará respecto de ellas la misma tramitación establecida en las leyes y decretos en vigencia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 28 de Diciembre de 1909.

RAMON GONZALES VALENCIA

El Ministro del Tesoro,

antonio jose CADAVID

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