Por el cual se crean unos cargos y se fijan sus asignaciones

Rango Decreto
Publicación 1944-03-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Primer Designado, Encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confieren los artículos 11 y 12 de la Ley de 1943,

DECRETA:

Artículo 1° Créanse los siguientes cargos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Oficina del Revisor Presidencial, así: dos (2) Contadores Revisores con una asignación mensual de doscientos cincuenta pesos ($ 250) cada uno, y un Chofer con sueldo mensual de ciento veinte pesos ($ 120).

Los cargos que se crean por medio del presente Decreto no tendrán derecho al pago de la prima móvil.

Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de marzo de 1944.

DARIO ECHANDIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

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