Por el cual se crean unos cargos y se fijan sus asignaciones
El Primer Designado, Encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confieren los artículos 11 y 12 de la Ley de 1943,
DECRETA:
Artículo 1° Créanse los siguientes cargos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Oficina del Revisor Presidencial, así: dos (2) Contadores Revisores con una asignación mensual de doscientos cincuenta pesos ($ 250) cada uno, y un Chofer con sueldo mensual de ciento veinte pesos ($ 120).
Los cargos que se crean por medio del presente Decreto no tendrán derecho al pago de la prima móvil.
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de marzo de 1944.
DARIO ECHANDIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
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