Por el cual se reorganiza la Administración de Correos de Girardot
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1.º Reorganízase, a partir del primero de agosto próximo, la Administración de Correos de Girardot, la cual será servida por el siguiente personal, que tendrá las asignaciones mensuales que se expresan:
| Un Administrador, con | $ | 70 |
|---|---|---|
| Un Oficial de Correspondencia, Encomiendas y Recomendados, con | 45 | |
| Un Oficial de Recibo y Despacho, con | 50 | |
| Un Ayudante, con | 30 | |
| Un Oficial de Lista, Expendedor de especies postales, con | 30 | |
| Un Portero Escribiente, con | 25 | |
| Un Guarda, con | 20 | |
| Para útiles de escritorio | 10 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de julio de 1913.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
PEDRO M CARREÑO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.