Por el cual se distribuye una apropiación. Ramo de Carreteras Nacionales

Rango Decreto
Publicación 1951-05-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Del saldo de la partida apropiada en el Capítulo 116, artículo 1578 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951, para gastos de estudios, construcción, reconstrucción de la red de carreteras nacionales, hácese la siguiente ,distribución parcial, para la ejecución de la siguiente obra:

Capítulo 11-Artículo 1578.

Ordinal Q). Para la carretera Troncal Occidental sector Caucasio-Planetarrica $ 570.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de marzo de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

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