por el cual se extiende á las ciudades más importantes del país lo dispuesto en el Decreto ejecutivo número 149 de 15 de Febrero último, sobre aumento en el número de las oficinas de expendio de especies postales

Rango Decreto
Publicación 1911-07-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

considerando

que de algunas de las ciudades más importantes del país se ha solicitado se extienda á ellas lo dispuesto para la ciudad de Bogotá acerca del establecimiento de oficinas de expendió de especies postales, además de la que existe en la respectiva Administración de correos.

Que el gobierno considera conveniente la medida por cuanto tiende á hacer más eficaz el ser-vicio postal y da mayores facilidades al público para el envío de su correspondencia,

decreta:

Artículo 1.° Autorízase á la Dirección General de Correos y Telégrafos para establecer, en las ciudades más importantes de la nación, agencias de expendio de estampillas de correos, en la forma que se juzgue más adecuada.
Artículo 2.° Por los empleados correspondientes, en los lugares en que ha de establecerse ese servicio, se designarán las personas que, por su honradez y capacidad, puedan prestarlo en las condiciones que se requieran, deduciendo el cinco por ciento (5 por 100) del producto de las ventas, como comisión, previos los-requisitos legales.
Artículo 3.° Las personas encargadas del expendio de que se trata, deben prestar, en la correspondiente oficina de correos, una fianza personal de cincuenta pesos ($ 50) á satisfacción del Administrador. Las cuentas de venta y de movimiento de las estampillas se rendirán mensualmente á cada Administración, en la forma prescrita por las disposiciones sobre la materia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 18 de julio de 1911.

CARLOS RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

pedro m. CARREÑO

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