Por el cual se distribuye la partida apropiada en el Presupuesto Nacional de gastos para material de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo

Rango Decreto
Publicación 1925-05-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Articulo 1° La partida de seis mil pesos apropiada en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia con imputación al capítulo 5°, artículo 10, para material de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, se distribuye así:
Para el Tribunal de Bucaramanga. $ 500
Para el Tribunal de Cartagena 1,320
Para el Tribunal de Ibagué 440
Para el Tribunal de Manizales 1,220
Para el Tribunal de Medellín 1,280
Para el Tribunal de Pasto 440
Para el Tribunal de Popayán 500
Para el Tribunal de Tunja 300
Suma $ 6,000
Artículo 2° Los Tribunales expresados atenderán con las partidas indicadas a los gastos de arrendamiento de locales, útiles de escritorio, arreglo de archivo y compra de muebles donde sean necesarios, etc.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de abril de 1925.

PEDRO NEL OSPINA

El Ministro de Gobierno,

Miguel ABADIA MENDEZ.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.