Por el cual se reorganizan los servicio de protección infantil en el Leprosorio de Agua de Dios

Rango Decreto
Publicación 1945-04-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 16 de marzo del presente año, suprimense los cargos de Enfermera y Ayudante de la Sala-cuna "General Santander", del Lazareto de Agua de Dios.
Articulo 2° De la misma fecha en adelante, créanse los siguientes empleo en el Lazareto de Agua de Dios, con las asignaciones mensuales que a continuación se expresan:
Pala la Sala-cuna "General Santander." Pala la Sala-cuna "General Santander." Pala la Sala-cuna "General Santander."
Una Maestra del Jardín Infantil "Ricardo F. Parra", con $ 100.00
Dos Auxiliares de Enfermeras, cada una con 80.00
Para el Consultorio Prenatal. Para el Consultorio Prenatal. Para el Consultorio Prenatal.
Una Enfermera, con 130.00
Articulo 3° El Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, por medio de resoluciones, contratará el personal necesario para el servicio doméstico, como niñeras, sirvientas, cocineras, etc.
Artículo 4° Todos los gastos que ocasione el presente Decreto se tomarán de la partida que anualmente se destina en el Presupuesto Nacional de gastos para el sostenimiento de niños sanos, hijos de enfermos de lepra.
Articulo 5° El ejercicio de los cargos que se crean por medio del presente Decreto, no da derecho a devengar prima móvil.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de marzo de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos S. de SANTAMARIA

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

Adán ARRIAGA ANDRADE

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