Por el cual se concede una gratificación a los Músicos de las Bandas Nacionales

Rango Decreto
Publicación 1910-09-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que las Bandas Nacionales de la capital, con motivo de los festejos del Centenario de la Independencia tuvieron recargo de trabajo, poniendo todo cuanto estuvo de su parte para dar mayor solemnidad á los actos; y

Que es de justicia estimular en parte los esfuerzos hechos en esta ocasión por los señores Músicos;

DECRETA:

Artículo único. Reconócese como gratificación á favor de los miembros de las Bandas de Música Nacionales de la capital la mitad del sueldo mensual que les corresponde, de acuerdo con las asignaciones que actualmente tengan.

Parágrafo. Para el pago de este medio sueldo los Habilitados respectivos formarán una libranza extraordinaria con imputación al capítulo 47, artículo 262 del Presupuesto vigente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 5 de Agosto de 1910.

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Ministro de Obras Públicas,

jose MEDINA C

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