Por el cual se reducen las partidas para los remates de deuda interna, asignadas en el Decreto número 436, de 27 de febrero de 1919

Rango Decreto
Publicación 1919-04-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

decreta:

Artículo único. Las partidas para atender al pago de los remates de documentos de deuda que se efectúen en le próximo mes de abril, serán las siguientes:
Vales de la guerra de 1895. $ 10
Vales de la guerra de 1899. 4,480
Vales por recompensas militares. 260
Bonos colombianos. 22
Saldos de otros documentos. 25

Comuníquese Publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de marzo de 1919.

MARCO FIDEL SUAREZ- El Ministro del Tesoro, Esteban JARAMILLO.

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