Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente
El presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión celebrada el día 17 de marzo en curso, según consta en oficio número 1705, concedió al Ministerio de Hacienda la autorización de que trata el artículo 32 de la Ley 64 de 1931, para efectuar un traslado en el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas,
DECRETA:
Artículo único. Hácese el siguiente traslado en el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas, así:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
| Del capítulo 69, artículo 529. Para construcción y conservación del malecón y demás obras de Puerto Wilches | $7.500.00 | |
|---|---|---|
| Al capítulo 74, artículo 639-A. Para terminar la construcción del acueducto de Puerto Wilches | 7.500.00 |
Comuníquese.
Dado en Bogotá a 21 de marzo de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Obras Públicas
Abel CRUZ SANTOS
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