Por el cual se adscriben funciones de Jueces de Policía a los Comisarios Departamentales de Investigación Criminal del Valle del Cauca

Rango Decreto
Publicación 1961-04-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la atribución que le confiere el artículo 50 del Decreto número 0014 de 1955,

DECRETA:

Artículo primero. Los Comisarios Departamentales de Investigación Criminal del Valle del Cauca, además de las funciones que les están señaladas, conocerán, en primera instancia, de los estados de especial peligrosidad a que se refiere el numeral diez y nueve del artículo 7°, Capítulo II del Decreto número 0014 de 1955.
Artículo segundo. Los funcionarios indicados en el artículo anterior tendrán jurisdicción en el territorio del Departamento del Valle del Cauca.
Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de marzo de 1961.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Justicia,

Vicente Laverde Aponte

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