Por el cual se suprimen transitoriamente el Cuerpo de Mensajeros y el empleo de Auxiliar de la Subdirección de Correos, y se elimina el Cuerpo de Guardas de la Dirección general de Correos y Telégrafos de la República
El vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por el actual estado de guerra está suspendido en servicio de correos de encomiendas en todas las líneas nacionales;
Que por este motivo es por ahora innecesario de Cuerpo de Mensajeros destinados á ejercer las funciones de conductores especiales e dichos correos, los cuales devengan hoy medio sueldo, sin prestar ningún servicio, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo número 59, de 20 de Septiembre de 1898;
Que por la misma circunstancia de guerra ha disminuído visiblemente el trabajo en la Subdirección de Correos; y
Que por la misma circunstancia de guerra general de Correos y Telégrafos, creado por Decreto Ejecutivo número 510, de 21 de Octubre de 1899, es completamente innecesario,
DECRETA:
Art. 1.° Suprímese transitoriamente el Cuerpo de Mensajeros de los correos de encomiendas y el empleo de Auxiliar de la Subdirección de Correos.
Los Mensajeros que en la actualidad se hallen en viaje, devengarán el sueldo que les corresponda hasta tanto que lo rindan cumplido en esta ciudad.
Art. 2.° Eliminase por innecesario el Cuerpo de Guardas de la Dirección general de Correos y Telégrafos.
Art. 3.° El presente Decreto empezará á surtir sus efectos desde el día 1.° de Septiembre próximo entrante.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 30 de Agosto de 1900.
JOSÉ MANUEL MARROQUÍN
El Ministro del Gobierno,
GUILLERMO QUINTERO C.
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