Por el cual se crean dos oficinas, se suprime un empleo y se establecen otros en el ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° Créanse las Oficinas Postales y Telegráficas de Carmen de Carupa (Departamento de Cundinamarca) y Valle (Departamento del Tolima), con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
| Carmen. | ||
|---|---|---|
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 20 |
| Un Cartero | 2 | |
| Valle. | ||
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 22 |
| Un Cartero, con | 3 |
Artículo 2.° Créanse igualmente los empleos de Ayudante de los Oficiales de Recibo de la Oficina Telegráfica de Medellín y Cartero de la Guaranda, con las asignaciones mensuales de $35 y $ 5, respectivamente.
Artículo 3.° Suprímese una de las dos plazas de Copistas de la Oficina Telegráfica de Honda, y establécese en la de Girardot, con la misma asignación mensual que hoy tiene la que se suprime.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de junio de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.