Por el cual se reforma el marcado con el número 2113 de 1919
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Refórmase el artículo 13 del Decreto número 2113 de 1919, sobre formación de Presupuestos y rendición de cuentas, de algunos establecimientos de Instrucción secundaria y profesional, en el sentido de que lo dispuesto en él solo comenzará a tener efecto desde el 1.º de enero del presente año en adelante.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de marzo de 1920.
Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ-El Ministro de Instrucción Pública, Miguel ABADIA MENDEZ.
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