Por el cual se distribuye una apropiación. (Ramo de Auxilios, Ministerio de Obras Públicas)
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. De la partida aporpiada en el Capítulo 125, artículo 1609 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951, 'para atender al pago de auxilios dispuestos por Leyes preexistentes', hácese la siguiente distribución parcial, para la ejecución de las siguientes obras:
| Capítulo 125. Artículo 1609. Ordinal A). Para la construcción del Palacio Arsobispal de Bogotá. (Ley 146 de 1948) | $ | 200.000.00 |
|---|---|---|
| Ordinal B). Para la construcción de la Catedral de Jericó. (Ley 57 de 1948) | 100.000.00 | |
| Ordinal C). Para la, construcción de la iglesia de Chiquinquirá, de Barranquilla (Ley 33 de 1948) | 50.000.00 | |
| Ordinal D). Para la iglesia de Nuestra Señora del Carmen, de Cartago, Valle. (Ley 20 de 194.8). | 15.000.00 | |
| $ | 365.000.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de marzo de 1951.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.
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