Por el cual se abre un crédito extraordinario al presupuesto de gastos de la vigencia en curso, con destino al Ministerio de Gobierno
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
considerando:
Que el señor Ministro de Gobierno, formando al efecto el expediente de que trata el artículo 32 de la Ley 34 de 1923, y de conformidad con la autorización a que se refiere la Ley 51 de 1925, solicitó del honorable Consejo de Ministros la apertura de un crédito extraordinario por la suma de $ 110,000, con destino a la construcción de un cuartel para la Policía Nacional en Barrancabermeja, y a la compra de elementos para el Cuerpo de Bomberos;
Que el expediente fue pasado en comisión para su estudio e informe al señor Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas, quien se abstuvo de enviarlo al Consejo de Estado en virtud de la autorización conferida al Gobierno por la Ley 51 de 1925, y
Que el honorable Consejo de Ministros, en sesión del día 8 del presente, aprobó la proposición con que termina el informe del Ministro sustanciador, y autorizó en consecuencia la apertura del crédito, decreta:
Artículo 1° Abrese al Presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1927, un crédito extraordinario por la suma de ciento diez mil pesos ($ 110,000), que llevará la siguiente imputación:
MINISTERIO DE GOBIERNO
CAPITULO 14
Policía Nacional-Personal y material.
| Artículo. 207 A. Para atender a la construcción de un cuartel en Barrancabermeja, para la Policía Nacional | $ 50,000 |
|---|---|
| Artículo 207 B. Para la compra de elementos para el Cuerpo de Bomberos de la Policía Nacional | 60,000 |
| Total del crédito | $ 110,000 |
Artículo 2° El presente Decreto implica un aumento de $ 110,000 al Presupuesto de gastos de la vigencia en curso.
Artículo 3° En oportunidad, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 da la Ley 34 de 1923, se solicitará del Congreso la legalización del crédito.
Publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de abril de 1927.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Salvador FRANCO.
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