Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Departamento Nacional de Planeación) por $ 5.122.161.00

Rango Decreto
Publicación 1975-04-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social, abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, en el Departamento Nacional de Planeación por $ 5.122.161.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de disponibilidad número 6 de 1975 por $4.090.000.000.00 del cual se utilizan $ 5.122.161.00 para financiar los créditos adicionales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 con la cantidad de cinco millones ciento veintidós mil ciento sesenta y un pesos ($5.122.161.00) moneda legal, que, con base en el certificado de disponibilidad número 6 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

Capítulo IV

Numeral 20. Impuesto a las ventas $ 5.122.161 5.122.161
Suma el recurso $ 5.122.161 5.122.161
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Capítulo 015 Departamento Nacional de Planeación Programa 015 Dirección, administración y servicios técnicos de planeación Servicios Personales. 101 117 101. Artículo 0151. Sueldos del personal de nómina $ 3.761.472
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101 117 105. Artículo 0152. Gastos de representación 1.400
102 117 117. Artículo 0153. Prima de Navidad 446.177
102 117 121. Artículo 0156-B. Prima de vacaciones 519.100
Transferencias. 201 331 404. Artículo 0165. Fondo nacional de Ahorro 394.012
Suman los créditos adicionales $ 5.122.161
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de abril de 1975.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.

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