Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Departamento Nacional de Planeación) por $ 5.122.161.00
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social, abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, en el Departamento Nacional de Planeación por $ 5.122.161.00;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de disponibilidad número 6 de 1975 por $4.090.000.000.00 del cual se utilizan $ 5.122.161.00 para financiar los créditos adicionales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 con la cantidad de cinco millones ciento veintidós mil ciento sesenta y un pesos ($5.122.161.00) moneda legal, que, con base en el certificado de disponibilidad número 6 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
Capítulo IV
- b) Impuesto sobre la producción y consumo
| Numeral 20. Impuesto a las ventas | $ | 5.122.161 | 5.122.161 |
|---|---|---|---|
| Suma el recurso | $ | 5.122.161 | 5.122.161 |
| Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Capítulo 015 Departamento Nacional de Planeación Programa 015 Dirección, administración y servicios técnicos de planeación Servicios Personales. 101 117 101. | Artículo 0151. Sueldos del personal de nómina | $ | 3.761.472 |
| --- | --- | --- | --- |
| 101 117 105. | Artículo 0152. Gastos de representación | 1.400 | |
| 102 117 117. | Artículo 0153. Prima de Navidad | 446.177 | |
| 102 117 121. | Artículo 0156-B. Prima de vacaciones | 519.100 | |
| Transferencias. 201 331 404. | Artículo 0165. Fondo nacional de Ahorro | 394.012 | |
| Suman los créditos adicionales | $ | 5.122.161 |
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 11 de abril de 1975.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.
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