Por el cual se crean unos empleados supernumerarios en el ramo de Correos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de la autorización que le confiere al artículo 3° de la Ley 121 de 1919, y
considerando:
Que actualmente existe un gran movimiento de paquetes postales en el respectivo Departamento de la Administración General de Correos, debido al aumento de importaciones en esa forma, y que es insuficiente el personal que trabaja en esas Oficinas,
decreta:
Artículo 1° Créase con el carácter de supernumerarios en el Departamento de Encomiendas del Exterior de la Administración General de Correos, los siguientes puestos con las asignaciones mensuales que se indican a continuación:
| Un Liquidador, con setenta pesos | $ | 70 |
|---|---|---|
| Un Ayudante del Cajero, con cincuenta pesos | 50 | |
| Un Guarda, con veinticinco pesos | 25 |
Artículo 2° Para desempeñar estos puestos se nombra a los señores Julio C. Martínez, Antonio Latorre, quien desempeña actualmente el de primer Escribiente, y Antonio Cubillos, respectivamente.
Artículo 3° Nómbrase para ocupar el puesto que queda vacante por la promoción del señor Latorre, al señor Angel María Roa
Artículo 4° Por el señor Ministro del Tesoro se dictarán las órdenes necesarias a fin de que los sueldos anteriores se incluyan en la liquidación del Presupuesto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de marzo de 1920.
Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.
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